La Comunidad de Madrid ha declarado Bien de Interés Cultural (BIC) el cuadro Adoración de los Reyes Magos, de Anton van Dyck. De este modo, el Ejecutivo regional ha reconocido el valor histórico y artístico que supone esta obra pictórica para el patrimonio cultural.
El cuadro corresponde a un trabajo del período de juventud de van Dyck, entre 1616- 1617, cuando tenía apenas 17 o 18 años, en la que destaca la creatividad y radicalidad características de los momentos iniciales de su carrera. La etapa juvenil del pintor flamenco siempre ha despertado el interés de los historiadores por la extraordinaria precocidad de su talento.
Se trata de un óleo sobre lienzo de tamaño 150×230 centímetros en buen estado de conservación en el que destaca el dominio del color, rico y luminoso, la pincelada y calidad de las telas, así como la composición de la estructura grupal, articulada y unida y capaz de cohesionar numerosas figuras de gran tamaño, todas ellas dotadas de corporeidad, inmediatez, movimiento y expresividad.
La obra, propiedad de un particular, sigue la tipología del Barroco, con la representación de varios personajes, cada uno de los cuales se estudia de manera individual y en grupo, mostrando diferentes posturas y planos, con movimiento y dinamismo. Todas las figuras están caracterizadas con realismo y rostros individualizados que muestran expresividad y emoción.
La obra, propiedad de un particular, sigue la tipología del Barroco, con la representación de varios personajes, cada uno de los cuales se estudia de manera individual y en grupo
La composición pone de relieve al Hijo y a la Madre, que quedan potenciados por el protagonismo de la luz en ambas figuras, incidiendo especialmente en el vestido y rostro de la Virgen y en la aureola luminosa que irradia de la cabeza de ambos, destacando la de Jesús. En el resto del lienzo, la luz se refleja fundamentalmente en las vestiduras de los Magos creando modulaciones cromáticas de menor o mayor intensidad.
La declaración de la Adoración de los Reyes Magos de Van Dyck como Bien de Interés Cultural supone que la obra no puede exportarse y que, si sale a la venta, los propietarios están obligados a comunicarlo a la Administración, para que ésta decida si ejerce el derecho de tanteo para hacerse con ella. Además, cualquier intervención sobre el bien tendrá que ser autorizada por la Comunidad de Madrid y deberá respetar los criterios establecidos en la ley y la propia declaración.